sábado, 15 de octubre de 2011

TALLER GUIA N°6 ETICA Y TRANSFORMACION DEL ENTORNO CIUDADANIA SIGNIFICADO, HISTORIA Y ORIGEN.

CIUDADANIA SIGNIFICADO, HISTORIA Y ORIGEN.
Condición del individuo como miembro de una comunidad política a la
que esta jurídicamente vinculado por el mero hecho de la pertenencia.
Frente a la supuesta universalidad de los derechos humanos
fundamentales, la ciudadanía da acceso al disfrute de  los derechos
políticos y económicos reconocidos por la colectividad estatal a la
que se adscribe el ciudadano. Recíprocamente, no obstante, la relación
entre ciudadano y estado también implica que el primero debe cumplir
con una serie de deberes morales hacia la comunidad. Esas obligaciones
se concretan, según sea la concepción conservadora, liberal o
socialista, subrayando respectivamente la defensa de la patria, el
civismo individual o la solidaridad redistributiva.
1.       ¿Cuáles son las ventajas que trae ser ciudadano?
RESPUESTA:
- Ser reconocido como ciudadano ante el estado
- Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y
Control del poder político
- Elegir y ser elegido.
- Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas
Populares y otras formas de participación democrática.
- Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación
Alguna; formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y
Programas.
- Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que
Establecen la Constitución y la ley.
- Tener iniciativa en las corporaciones públicas.
- Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley.
-  Acceder al desempeño de funciones y cargos públicos, salvo los
Colombianos, por nacimiento o por adopción, que tengan doble
Nacionalidad. La ley reglamentará esta excepción y determinará los
Casos a los cuales ha de aplicarse
La ciudadanía se puede definir como “el derecho y la disposición de
participar en una comunidad, a  través de la acción autorregulada,
inclusiva, pacífica y responsable, con el objetivo de optimizar el
bienestar público”.
2.       Deduzca su propia definición de ciudadanía atendiendo a  la
anterior información.
RESPUESTA: Es el derecho que tiene la persona de ejercer todas las acciones que el estado le otorga para buscar u obtener su propio bienestar o el de una comunidad.
Entre los más importantes derechos, destacan por su importancia los de
participación en los beneficios de la vida en común. Además de la
imprescindible participación política, mediante el derecho al voto,
que es la seña de identidad de las democracias representativas
predominantes en el mundo.
Entre los deberes, destacan la obligación de respetar los derechos de
los demás, contribuir al bien común respetar los valores
predominantes- que incluyen el sentido de justicia y de equidad-, y
otros que contribuyen a afirmar la tesitura social y la paz. En tal
sentido, tanto mas democrática es una sociedad cuanto más incluyente,
es decir, cuantos más ciudadanos plenos la conforman.
3.      ¿cual es la importancia de cumplir los deberes y reclamar los
derechos que otorga la ciudadanía?
RESPUESTA: La importancia de cumplir los deberes es que es una obligación de respetar los derechos de los demás, respetar los bienes públicos y respetar los valores de la justicia de la equidad. Y la importancia reclamar los derechos que otorga la ciudadanía porque es la participación en los beneficios de la vida y también de la participación política democrática
DEFINICION DEL CONCEPTO “CIUDADANIA AMBIENTAL GLOBAL”:
Concepto que parte del concepto explicito de los derechos y
responsabilidades de cada actor social frente al medio ambiente, así
como de dos nociones claves involucradas en el concepto del ciudadano:
igualdad y participación.
La ciudadanía ambiental global sugiere no solo el hecho de ser
ciudadanos de un país, sino que somos ciudadanos globales.
La ciudadanía ambiental global describe  las obligaciones éticas que
nos vinculan tanto con la sociedad como con los recursos naturales del
planeta de acuerdo de nuestro rol social.
La ciudadanía ambiental global significa adquirir un mejor
conocimiento del medio ambiente y utilizar esa información y
conocimiento del medio ambiente como herramienta para una acción
ambiental ciudadana responsable, tanto individual como colectiva.  La
evolución de la vida en sociedad que revaloriza el contenido de la
relación político-social entre individuos y grupos, en la perspectiva
de construir un nuevo pacto social en el que el ambiente sea un factor
básico a preservar y, con ello, asegurar la sobrevivencia de la propia
sociedad.
4.      Establezca la relación que existe entre ciudadano- igualdad y
participación.
RESPUESTA: Hay una gran relación ya que todos los ciudadanos deben gozar de una igualdad ninguno se puede ver menos beneficiado que el otro ya si poder participar frente a la sociedad como en la democracia lo podemos ver

5.      ¿Qué interpretación le da a la expresión “somos ciudadanos
globales”?
RESPUESTA: Significa no solo ser ciudadanos de nuestro país sino a nivel mundial, también son obligaciones éticas que nosotros tenemos tanto en la sociedad como en los recursos ambientales de nuestro planeta saberlos cuidar y manejar.
6.      Establecer la relación entre ética-rol social- ciudadanía ambiental
global.
RESPUESTA: La relación que existe es que la ciudadanía ambiental global describe las obligaciones éticas que nos vinculan tanto con la sociedad como con los recursos naturales del planeta de acuerdo de nuestro rol social ósea a la función que desempeña casa individuo dentro de su vida.
LA PARTICIPACION
La participación que se desarrolla por diversos medios en muchas
democracias modernas está comenzando a consolidarse dentro del ámbito
de la democracia representativa como una nueva manera de hacer las
cosas. La participación no ha de limitarse, sin embargo, a que las
autoridades locales y otros organismos públicos informen a la
población de sus actividades y decisiones o inviten a los ciudadanos a
presenciar sus debates, sino que implica escuchar a la población en la
información de sus propios problemas y en la búsqueda de oportunidades
y mejoras. Además, es indispensable proporcionales los medios para
encauzar una acción política, social, o económica y participar en las
decisiones públicas con propósitos de cambio.

7.       Exprese su definición de participación
RESPUESTA: Es cuando nosotros los ciudadanos intervenimos en la vida pública y privada del país, en el ámbito público deriva de una contradicción entre poderes. Se plantea en la medida en que existe un Poder ya sea entre el Estado o la Administración Pública y un no poder (ciudadanos) que quiere participar, es decir “tomar parte” o ejercer algún aspecto de ese poder.
8.      ¿Qué opinión le merece los consejos comunitarios que precedía  el
presidente?
RESPUESTA: En mi opinión los consejos comunitarios que precedía el presidente ALVARO URIBE VELEZ, eran muy buenos, porque él se dirigió a todas las ciudades del país, a los lugares más apartados, para observar y poder solucionar los problemas o dificultades que tenia la región y planteaba una solución inmediata a estos. A demás escuchaba cada una de las quejas, reclamos y sugerencias que hacían las personas asistentes a estos consejos comunitarios.
9.      ¿como se relacionan estos consejos con la participación?
RESPUESTA: La relación que hay entre los consejos y la participación es que en los consejos comunitarios se podía observar claramente la participación de los ciudadanos de la región donde fuesen estos consejos, los ciudadanos podían intervenir en el ámbito político, económico y social del país.
TITULO I
OBJETO Y DEFINICIONES.
ARTICULO 1°OBJETO DE LA LEY: la presente ley estatutaria de los
mecanismos de participación del pueblo regula la iniciativa popular
legislativa y normativa; el referendo, la consulta popular, del orden
nacional, departamental, distrital, municipal, y local; la revocatoria
del mandato; el plebiscito y el cabildo.
Establece las normas fundamentales por las que se regirá la
participación democrática de las organizaciones civiles.
La regulación de estos mecanismos no impedirá el desarrollo de otras
formas de participación ciudadana en la vida política, económica,
social, cultural, universitaria, sindical, o gremial del país ni el
ejercicio de otros derechos políticos no mencionados en esta ley.
ARTICULO 2°INICIATIVA POPULAR LEGISLATIVA Y NORMATIVA ANTE LAS
CORPORACIONES PUBLICAS:  La iniciativa popular legislativa y normativa
ante las corporaciones públicas es el derecho político de un grupo de
ciudadanos de presentar proyecto de acto legislativo y de ley ante el
congreso de la república, de ordenanza ante las asambleas
departamentales, de acuerdo ante los concejos municipales o
distritales y de resolución ante las juntas administradoras locales, y
demás resoluciones de las corporaciones de las entidades
territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el
caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados
o negados por la corporación publica correspondiente.
ARTICULO 3° REFERENDO: Es la convocatoria que se hace al pueblo para
que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una
norma ya vigente.
PARAGRAFO: El referendo puede ser nacional, regional, departamental,
distrital, municipal, o local.
ARTICULO 4° REFERENDO DEROGATORIO: Un referendo derogatorio es el
sometimiento de un proyecto de acto legislativo, de una ley, de una
ordenanza de un acuerdo o de una resolución local en alguna de sus
partes o en su integridad, a consideración del pueblo para que éste
decida so lo deroga o no.
ARTICULO 5° REFERENDO APROBATORIO: Un referendo aprobatorio es el
sometimiento de un proyecto de acto legislativo, de una ley, de una
ordenanza, de acuerdo o de una resolución local, de iniciativa popular
que no haya sido adoptado por la corporación publica correspondiente,
a consideración del pueblo para que éste decida si lo aprueba o lo
rechaza, total o parcialmente.
ARTICULO 
6° REVOCATORIA DEL MANDATO: La renovación del mandato es un
derecho político, por medio del cual los ciudadanos dan por terminado
el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.
ARTICULO 7° EL PLEBISCITO: El plebiscito es el pronunciamiento del
pueblo convocado por el presidente de la república, mediante el cual
apoya o rechaza una determinada decisión del ejecutivo.
ARTICULO 8° CONSULTE POPULAR: La consulta popular es la institución
mediante el cual, una pregunta de carácter general sobre un asunto de
trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local,
es sometida por el presidente de la república, el gobernador o el
alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se
pronuncie formalmente al respecto.
En todos los casos, la decisión del pueblo es obligatoria.
Cuando la consulta se refiere a la convivencia de convocar una
asamblea constituyente las preguntas serán sometidas a consideración
popular mediante ley aprobada por el congreso de la república.
ARTICULO 9° CABILDO ABIERTO: El cabildo abierto es la reunión pública
de los concejos distritales, municipales o de las juntas
administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar
directamente con el fin de distribuir asuntos de interés para la
comunidad.
10.      explique con sus palabras cada uno de los mecanismos de
participación.
 ¿PORQUE DEMOCRACIA PARTICIPATIVA?
RESPUESTA: MECANISMOS DE PARTICIPACION:
· ARTICULO 3° REFERENDO: Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace una ley o norma ya vigente.
· ARTICULO 4° REFERENDO DEROGATORIO: Un referendo derogatorio es el sometimiento de un proyecto de acto legislativo, a consideración del pueblo para que éste decida si ignora o no.
· ARTICULO 5° REFERENDO APROBATORIO: Un referendo aprobatorio es el sometimiento de un proyecto de acto legislativo a consideración del pueblo para que éste decida si lo aprueba o lo rechaza, total o parcialmente.
· ARTICULO 6° REVOCATORIA DEL MANDATO: La renovación del mandato es un derecho político, por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.
· ARTICULO 7° EL PLEBISCITO: El plebiscito es el pronunciamiento del pueblo convocado por el presidente de la república, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del ejecutivo.
· ARTICULO 8° CONSULTA POPULAR: La consulta popular es una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, es sometida por el presidente de la república, el gobernador o el alcalde o consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto.
· ARTICULO 9° CABILDO ABIERTO: El cabildo abierto es la reunión pública de los concejos municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar con el fin de distribuir asuntos de interés para la comunidad.
¿PORQUE DEMOCRACIA PARTICIPATIVA?
Hay buenas razones por las cuales la democracia participativa debería funcionar:
 APROVECHA LAS EXPERIENCIAS Y LA CAPACIDAD DE TODOS: La sociedad funciona mediante una red que interrelaciona al gobierno, las diversas comunidades, los grupos de interés, los sectores y las instituciones. Además, los ciudadanos tienen un conocimiento mucho mas intimo a nivel local de las necesidades de la población que ningún grupo de políticos desde un gobierno altamente centralizado.
PROMUEVE LA LEGITIMIDAD: las instituciones, los organismos sectoriales, las empresas y los gobiernos acabaran por apreciar que tienen mucho que ganar en confianza, apoyo y colaboración de parte de los ciudadanos si los incluyen de alguna forma en sus decisiones. Los propios ciudadanos tienen una mayor facilidad de promover iniciativas destinadas a hacer más eficaz el medio en que se desenvuelven.
 DESARROLLA NUEVAS CAPACIDADES: La participación desarrolla la capacidad de las personas de trabajar en colaboración con los demás, de identificar prioridades y de lograr que las cosas se hagan y los proyectos se realicen. La actividad participativa los convierte así en mejores ciudadanos.
 MEJORA LA CALIDAD DE VIDA: Estudios realizados por economistas, sociólogos, y psicólogos han demostrado que las personas que participan en la toma de decisiones con más felices que los que se limitan a aceptar o aplicar las decisiones de otros, debido a que se sienten responsables del mejoramiento de su calidad de vida. Además, la participación, brinda al ciudadano una oportunidad de mayor eficacia en la colaboración.
11.     ¿Cuáles son los beneficios que pueden aportar cada una de las
razones por las cuales es bueno la práctica de la democracia
participativa?
RESPUESTA: Los beneficios que pueden aportar las razones por las cuales es bueno la práctica de la democracia participativa es que al haber una democracia participativa las decisiones que se tomen y las consecuencias que estas traigan son del pueblo, mas no de un dirigente político y que si hay una democracia participativa se da más la posibilidad de escuchar la voz del pueblo y escuchar los problemas o dificultades que este tenga y alcanzan un mayor conocimiento al nivel local lo cual puede garantizar una mejor calidad de vida para los ciudadanos.
12.     Explique cómo realiza la práctica de la democracia y la
participación en su entorno social?
RESPUESTA: yo realizo la práctica de la democracia en mi entorno social ayudando a la organización de los grupos de personas que hacen parte o integran mi entorno social, haciendo que la toma de decisiones corresponda a la voluntad colectiva de los miembros del grupo, para que no haya ningún problema y se puedan tomar las decisiones correctas para mejorar la calidad de vida de las personas que habitan en mi entorno.
Yo realizo la práctica de la participación en mi entorno social dando opiniones, ideas, maneras o formas de hacer las cosas o tomar las decisiones, donde cada uno de los individuos que habitan en mi entorno social salgan favorecidos y al menos puedan solucionar un poco sus problemas o se les facilite su calidad de vida.

13.     Consultar que es un mecanismo de participación
RESPUESTA: Los mecanismos de participación ciudadana, están constituidos como las herramientas de indispensable valor jurídico para ejercer el control y garantizar la eficacia en los actos del estado.

14.     ¿Cuáles son los beneficios que trae para los ciudadanos la
práctica de los mecanismos de participación?
RESPUESTA: Los beneficios que trae para los ciudadanos la práctica de los mecanismos de participación es que cada persona puede ser escuchada y pueden ayudar a la toma de decisiones que se ejercen en un gobierno, teniendo en cuenta las necesidades del pueblo y siendo muy equitativos con las propuestas u opiniones que den.
15.     Enumere los mecanismos de participación y analice el fin de cada
uno.
RESPUESTA: LOS MECANISMOS DE PARTICIPACION:
· El Voto:
Acto mediante el cual un ciudadano participa de manera activa en la elección de las personas que quieren que las representen o en la adopción de una decisión, pronunciándose en uno y otro sentido.
 El Plebiscito:
Es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República para apoyar o rechazar una determinada decisión del ejecutivo. El mas famoso plebiscito en la historia reciente fue el que abrió las puertas al Frente Nacional.
· El Referendo:
Es la convocatoria que se le hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica, o derogue o no una norma ya vigente. Ese referendo puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.
· El Referendo Derogatorio:
Es cuando se coloca a consideración del ciudadano el sometimiento de un acto legislativo, una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local, en algunas de sus partes o en su integridad, para que el pueblo decida si la deroga o no.
· El Referendo Aprobatorio:
Es cuando se coloca a consideración del pueblo para que éste decida si lo aprueba o rechaza, total o parcialmente, el sometimiento de un proyecto de acto legislativo, una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local y una iniciativa popular que no haya sido aprobada por la corporación pública correspondiente.
· La Consulta Popular:
Es la institución mediante la cual una pregunta de carácter general sobre un asunto de transcendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local es sometida por el Presidente de la República, el Gobernador o el Alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto.
· El Cabildo Abierto:
Es la reunión pública de los concejos distritales, municipales y de las juntas administradoras locales (JAL), para que los habitantes puedan participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.
· La Iniciativa Popular:
Es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar proyectos de ley y de acto legislativo (que pretende reformar la constitución) ante el Congreso de la República.
· La Revocatoria del Mandato:
Es un derecho político por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un Gobernador o a un Alcalde.
  El referéndum se hace presente cuando una parte del país lo
solicita mediante un proceso legal, ya sea recogiendo una cantidad
necesaria de firmas, que la legislación nacional lo solicite o de
cualquier otra forma que cada país considere más apropiada.

Generalmente este se hace para la consulta nacional sobre un tema de
interés popular y que se requiere la aprobación de todos, como lo es
el fundar una nueva constitución, o aprobar la misma, también cuando
se requiere hacer una enmienda constitucional, revocar el mandato de
algún gobernante incluyendo al máximo mandato y otros de menor
trascendencia pero que de igual forma son ejecutables mediante esta
vía.

16.      Analice las razones por las cuales se puede convocar a un
referéndum.
RESPUESTA: Las razones por las cuales se puede convocar a un referéndum es porque por medio de este el cuerpo electoral de un paísnación, región o grupo expresa su voluntad respecto a un asunto o decisión, que sus representantes constitucionales o legales someten a su consulta, o también para tomar decisiones por el cual los ciudadanos ejercen el derecho de sufragio para decidir acerca de una propuesta de resolución mediante la expresión de su acuerdo o desacuerdo.


•       SEGÚN EL OBJETO:
       referéndum constitucional: si el objeto es una constitución.
§
       Referéndum legal: si el objeto es cualquier otra ley.
§

•       SEGÚN EL FUNDAMENTO:
       referéndum preceptivo: si el fundamento de su celebración es la
§
exigencia propia del ordenamiento.
       Referéndum facultativo: si el fundamento es la convocatoria de un
§
órgano concreto. En caso de ser además consultivo la figura se
aproximaría al concepto de plebiscito.

•       SEGÚN LOS EFECTOS JURIDICOS:
       -referéndum decisorio: cuando el resultado se hace efectivo y
§
vinculante.
       Referéndum consultivo: cuando el resultado implica únicamente la
§
manifestación de la voluntad general o popular de forma no vinculante.
En caso de ser además consultivo la figura se aproximaría al concepto
de plebiscito.

•       SEGÚN LOS EFECTOS JURIDICOS:
Referéndum constitutivo o de ratificación: cuando el efecto es aprobar
una disposición.
Referéndum abrogativo: si el efecto jurídico resultante es la
derogación de un precepto determinado.

•       PLEBISCITO: También se puede encuadrar como un tipo de referéndum
facultivo u consultivo al ser un modelo cercano, pero  el
pronunciamiento popular no constituye una expresión de la voluntad
general o popular sino un instrumento de legitimación de un poder
personal de corte autocrático por lo que se considera una categoría
independiente.


17.      Analice las clases de referéndum y ubique en una de ellas el caso
de la reelección del presidente.
RESPUESTA: Analizando cada una de las clases de referéndum que existen se puede ubicar la reelección del presidente Álvaro Uribe Vélez en el REFERENDO PLEBISCITO.
18.      Explique porque el plebiscito se considera una categoría
independiente.
RESPUESTA: El referéndum plebiscito se considera una categoría independiente por que el pronunciamiento popular no constituye una expresión de la voluntad general o popular sino un instrumento de legitimación de un poder personal de corte autocrático.

19.      Explique por qué la revocación es un acto jurídico que deja sin
efecto uno anterior.
RESPUESTA: La revocación es un acto jurídico que deja sin efecto uno anterior por que tiene lugar cuando una de las partes retrae su voluntad y deja sin efecto el contenido de un acto o alguna transmisión de derecho. Se retrotrae esa voluntad que alguna vez fue positiva. Siempre es voluntaria y no legal.
REVOCACION:
Una revocación es un acto jurídico o acto que deja sin efecto uno
anterior y puede referirse a:
•       Un procedimiento electoral.
•       Un modo excepcional de poder unilateralmente a un contrato.

REVOCATORIA DEL MANDATO:
La revocatoria del mandato, recall o plebiscito constituye un
procedimiento a través del cual los electores pueden destituir a un
cargo de elección con anterioridad e la expiración del periodo para el
cual fue elegido. Puede darse en las áreas que dependan de una
elección por mayoría en el sector público, el sector privado o el
sector voluntario.
CARACTERISTICAS:
Sobre la base de esta información, pueden identificarse los siguientes
rasgos distintivos de esta institución jurídica:
       Es un derecho o facultad que asiste a los electores.
§

20.      ¿cuáles son las facultades que da una revocatoria de mandato?
RESPUESTA: Las facultades que da una revocatoria de mandato es que se puede destituir de un cargo público a una persona que no cumpla con lo pactado o asignado, y se puede sustituir con otra persona que realmente realice muy bien las actividades requeridas.
21.     ¿Por qué es bueno para los ciudadanos poder ejercer el derecho a
la revocatoria de mandato?
RESPUESTA: Es bueno para los ciudadanos poder ejercer el derecho a la revocatoria de mandato porque de esta manera pueden destituir, quitar o no de su puesto a un cargo electo a una persona que no cumpla con sus obligaciones.

ESTADO SOCIAL DE DERECHO:
El artículo 1° de la constitución erige al estado social de derecho
como principio medular de nuestra organización política. El concepto
de estado social de derecho nació en Europa en la segunda mitad del
siglo xx, como una forma de organización estatal encaminada a realizar
la justicia social y la dignidad humana mediante la sujeción de las
autoridades públicas a los principios, derechos y deberes sociales de
orden constitucional.

El papel del estado social de derecho consiste, así, en “crear los
supuestos sociales de la misma libertad para todos, esto es, de
suprimir la desigualdad social, según lo ha enseñado esta corporación,
“con el término “social” se señala que la acción del estado debe
dirigirse a garantizarle a los asociados condiciones de la vida
dignas. Es decir, con este concepto se resalta que la voluntad del
constituyente en torno al estado no se reduce a exigir de este que no
interfiera o recorte las libertades de las personas, sino que también
exige que el mismo se ponga en movimiento para contrarrestar las
desigualdades sociales existentes y para ofrecerle a todos las
oportunidades necesarias para desarrollar sus aptitudes y para superar
los apremios materiales.
El estado social de derecho ya no se limita solamente a asegurar la
vida, la propiedad, y la libertad mediante la protección contra el
fraude, el hurto, el incumplimiento contractual o los daños
ocasionados por terceros, funciones típicas del estado gendarme. Sus
fines tienen mayor alcance e incluyen, entre otros, promover la
prosperidad  general, garantizar la efectividad de los principios,
derechos y deberes consagrados en la constitución; facilitar la
participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida
económica, política, administrativa y cultural de la nación; y
asegurar la vigencia de un orden justo (art 2° de la C.P.). para ello,
el estado cuenta con facultades amplias de intervención en la
economía, las cuales han de estar orientadas a lograr los fines
generales del estado y los fines especiales de la intervención
económica enunciados principalmente en el art 334 de la constitución.
Entre esos fines especiales se destacan el de “asegurar que todas las
personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso
efectivo a los bienes y servicios básicos” (art 334 de la C.P., INC
2°).
22.      ¿analice cual es el papel primordial que quiere desempeñar el
estado social de derecho?
RESPUESTA: El papel primordial que desempeña el estado social de derecho es que propone fortalecer servicios y garantizar derechos considerados esenciales para mantener el nivel de vida necesario para participar como miembro pleno en la sociedad.
El estado social es un sistema que se propone de fortalecer servicios
y garantizar derechos considerados esenciales para mantener el nivel
de vida necesario para participar como miembro pleno en la sociedad.
       Asistencia sanitaria.
ü
       Salud.
ü
       Educación pública.
ü
       Trabajo y vivienda digna.
ü
       Indemnización de desocupación, subsidio familiar.
ü
       Acceso práctica y real a recursos naturales.
ü
       Asistencia al inválido y al anciano.
ü
       Defensa del ambiente natural.
ü
       Garantiza los derechos sociales.
ü
Provee la integración de las clases sociales menos favorecidas,
evitando la exclusión y la marginación, de comprensión de las
desigualdades, de retribución de la renta a través de los impuestos y
el gasto publico. Utiliza instrumentos como los sistemas de educación
y sanidad (en mayor i en menor grado públicos por el estado,
obligatorios o universales y gratuitos o subvencionados), financiados
con cotizaciones sociales. Se entiende a la intervención en el mercado
y la planificación de la economía, todo ello en contra de los
principios del liberalismo clásico.
23.      ¿Qué opinión le merece el párrafo anterior sea suficientemente
critica?
RESPUESTA: En mi opinión el estado social de derecho propone fortalecer servicios los cuales en nuestro país no son la mayoría de veces lo suficientemente eficaces para satisfacer estas obligaciones como Asistencia sanitaria, Salud, Educación pública, Trabajo y vivienda digna, Indemnización de desocupación, subsidio familiar, Acceso práctica y real a recursos naturales, Asistencia al inválido y al anciano, Defensa del ambiente natural, los cuales en nuestro país no son la mayoría de veces lo suficientemente eficaces para satisfacer estas obligaciones y y garantizar derechos considerados esenciales para mantener el nivel de vida necesario para participar como miembro pleno en la sociedad.
24.     Explique cada uno de los siguientes ejes temáticos que se
relacionan con el estado social de derecho.
RESPUESTA:

       IGUALDAD VS LIBERTAD: Tanto la libertad como la igualdad son
ü
generalmente consideradas como un derecho fundamental, como principios
que el estado debe defender y promover.
       EL ESTADO GESTOR, MANAGER: El modelo del estado social es un modelo
ü
gestor, de un estado activamente intervencionista.
       DERECHOS SOCIALES: Son aquellos que tienen que ver con la protección
ü
de los más desfavorecidos, son los derechos que obligan al estado a
actuar.
       LA TEORIA DE LA PROCURA EXISTENCIAL DE FORSTHOFF: Por el cual el
ü
estado debe proporcionar sino a todos, a una mayoría el mayor grado de
bienestar posible respecto a aquellas necesidades que el individuo no
pueda proporcionarse por sí mismo.
       PRINCIPIO DEMOCRATICO: Respeta los principios democráticos de las
ü
democracias liberales pero los completa con un movimiento hacia el
parlamentarismo, la democracia social y la democracia deliberativa.
COLOMBIA ES UN ESTADO SOCIAL DE DERECHO
El artículo 1 establece el tipo de estado que es Colombia. De manera
textual el artículo reza:
“Colombia es un estado social de derecho, organizado en forma de
república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades
territoriales, democrática, participativa, y pluralista, fundad en el
respeto de la dignidad humana, en el trabajo y en la solidaridad de
las personas que la integran y en la prevalencia del interés general”.
25.      Después de leer y analizar el artículo 1 de la constitución ¿cree
que este es de total cumplimiento en nuestro país?
RESPUESTA: Después de haber leído el anterior artículo se podría decir que este no es de total cumplimiento en nuestro país porque no existe un verdadero respeto a la dignidad humana, en el trabajo y en la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general

DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO (DIH)
ORIGEN DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
El origen del derecho internacional humanitario se remota a 1864
cuando nace del primer convenio de ginebra, firmando en ese mismo año.
Sin embargo los conceptos básicos de ese derecho ya existían a nivel
constitucional, desde mucho antes. Según las fuentes de las que se
dispone para conocer el derecho internacional y medios para conducir
las hostilidades.
Luego hacia mediados del siglo XIX, los acuerdos concertados para
proteger a las víctimas de la guerra solo eran ocasionales, en
realidad se trataba de acuerdos de capitulación militar, validos la
mayoría de las veces solamente mientras duraba el conflicto. El
nacimiento del derecho internacional humanitario, ligado al movimiento
de la cruz roja, cambia completamente esta situación, en adelante los
estados estarán obligados por un tratado universal, aplicable en todo
tiempo y circunstancia.
26.     ¿Cuál ha sido el principal cambio que ha tenido el derecho
internacional humanitario a lo largo de su historia?+

RESPUESTA:
El principal cambio que ha tenido el derecho internacional humanitario a lo largo de la historia es el derecho internacional humanitario es ligado a la cruz roja, por lo tanto cambian en que los estados estarán obligados por un tratado universal aplicable en todo tiempo y circunstancia, ya no solamente a la capitulación militar, validos la mayoría de las veces solamente mientras duraba el conflicto.

DEFINICON DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
El derecho internacional humanitario es el cuerpo de normas
internacionales, de origen consuetudinario, específicamente destinado
a ser aplicado en los conflictos armados, internacional o no
internacional, y que limita, por razones humanitarias, el derecho de
las partes en conflicto a elegir libremente los métodos y los medios
utilizados en la guerra, o que protege a las personas y a los bienes
afectados por el conflicto.
27.     Teniendo en cuenta la anterior definición redacte su propia
definición de DIH.
RESPUESTA: El derecho internacional humanitario es un conjunto de normas que, en tiempo de guerra, protege a las personas que no participan en las hostilidades o que han dejado de hacerlo. Su principal objetivo es limitar y evitar el sufrimiento humano en tiempo de conflicto armado.

Acerca de la difusión del DIH, depende generalmente de la situación
que vive cada país. En aquellos que se encuentran en paz relativa,
incluso la promoción y difusión se realiza como aspecto de cultura
general, pero en los países convulsionados por conflictos armados
internacionales o no internacionales, la necesidad de dar a conocer a
la población y especialmente a sus fuerzas militares las normas
básicas del DIH para que se respete y aplique es más intensa. Citando
un ejemplo, frente a la grave crisis ocasionada por la escala de
violencia en los primeros años de la década de 1990 en el Perú, se
intensifico la difusión del DIH hasta llegar al cuerpo mismo del
comando conjunto de las fuerzas armadas.
28.     ¿Por qué es conveniente la difusión del DIH?
RESPUESTA: Es conveniente la difusión del DIH, dependiendo de la situación en la que se encuentren los países, en los países donde reina la paz y la armonía la difusión es algo mas cultural, pero en los otros países que son conflictivos, que hay violencia y terrorismo la intención es dar a conocer el objetivo de la DIH y las normas básicas para que sean aplicadas.

DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO- DIH.
Es aplicable en tiempo de conflicto armado internacional o no
internacional, así como en caso de violencia interna.
Protege a todas las personas, sean militares o civiles, en particular
a los heridos, enfermos o personas detenidas en relación con los
acontecimientos. También protege a estas personas contra infracciones
graves cometidas por grupos opositores armados en situación de
violencia interna.
El DIH nunca puede ser derogado. El articulo 3 común a los convenios
de ginebra coincide con el “núcleo duro” de los DD. HH.
El DIH protege a toda persona, incluidos los funcionarios del estado
contra las infracciones posiblemente cometidas por los estados
enfrentados en un conflicto internacional, (homicidio, tortura o los
tratos inhumanos, apropiación ilícita de bienes).
El DIH estipula que los estados parte en los convenios de ginebra, “se
comprometen a respetar y hacer respetar” los convenios (art 1 común de
los convenios de ginebra), así “como determinar las sanciones penales
que se han de aplicar a las personas que hayan cometido, o dado orden
de cometer, infracciones graves contra el presente convenio” (art 49,
50,51comunes).
DERECHOS HUMANOS- DD.HH: (SON APLICABLES EN TODO TIEMPO Y EN TODO
LUGAR)
El ejercicio de ciertos derechos tales como la libertad de expresión o
de asociación, pueden ser suspendidos durante un estado de excepción
(estado de emergencia). No obstante, otros derechos como el derecho a
la vida y la prohibición de la tortura o los tratos inhumanos y
degradantes, nunca pueden ser derogados o suspendidos. Este es llamado
“núcleo duro” de los DD.HH (ART 
6, 7, 8, 1 Y 2, 11 15,16 Y 18) los DD-
HH protegen a los individuos de posibles abusos perpetrados por
funcionarios del estado.
Existen mecanismos de supervisión internacional universales como el
comité del pacto de derechos civiles y políticos en el seno de la
organización de las naciones unidas, o mecanismos regionales, como la
comisión internacional de DD.HH,  y tribunales como la corte
interamericana de DD-HH.
Protegen a todas las personas, en todo momento (derechos civiles,
políticos, económicos, sociales y culturales).


29.     Realizar un cuadro comparativo entre DIH Y DD.HH.

DIH
DERECHO INTERNACIONAL HUMANIRATIO.
DD.HH
DERECHOS HUMANOS
Es aplicable en tiempo de conflicto armado internacional o no internacional, así como en caso de violencia interna.
Son aplicables en todo tiempo y en todo lugar.
Protege a todas las personas, sean militares o civiles, en particular a los heridos, enfermos o personas detenidas en relación con los acontecimientos.
Son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos1 que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna.
El DIH nunca puede ser derogado. El articulo 3 común a los convenios de ginebra coincide con el “núcleo duro” de los DD. HH.
Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento vigente.
El DIH protege a toda persona, incluidos los funcionarios del estado contra las infracciones posiblemente cometidas por los estados enfrentados en un conflicto internacional.
Habitualmente, se definen como inherentes a la persona, irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables.
El DIH estipula que los estados parte en los convenios de ginebra, “se comprometen a respetar y hacer respetar” los convenios así “como determinar las sanciones penales que se han de aplicar a las personas que hayan cometido, o dado orden de cometer, infracciones graves contra el presente convenio”
Los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.

30.     realice un análisis del  siguiente texto teniendo en cuenta como
base el DIH.


CONFLICTO ARMADO EN COLOMBIA
ANTECEDENTES: desde la independencia de Colombia, el país no ha estado
ajeno a la violencia partidista, lo cual se evidencia en varias
guerras civiles que se desarrollan durante el siglo XIX, y culminado
en la guerra de los mil días (1899-1902). Entre 1902 y 1948, Colombia
gozo de una relativa paz, primero bajo los gobiernos de la hegemonía
conservadora (1886-1930) y luego con los presidentes reformistas
liberales (1930-1946). Sin embargo durante esta época ciertos
incidentes de violencia política fueron constantes en diversas
regiones. El 9 de abril de 1948, durante el gobierno del conservador
mariano Ospina Pérez, fue acecinado en Bogotá el jefe liberal Jorge
Eliecer Gaitán. Aun cuando el magnicidio no tuvo aparentemente un
móvil político partidista, este creo levantamiento popular violento,
conocido como el bogotazo, siendo Bogotá donde se vieron las
reacciones más grandes, pero diferentes grados de violencia se
extendieron por gran parte del país. El gobierno de Ospina Pérez logro
controlar la situación y termino completo su mandato en 1950. En las
elecciones de 1950 no participo el partido liberal alegando falta de
garantías. Esto facilito el triunfo del partido conservador en cabeza
de Laureano Gómez, quien continuo y profundizo la política de
seguridad de su antecesor ante la violencia partidista, la cual no
contemplaba negociar con el partido liberal, no sin controversias
internas, tomo la decisión de promover guerrillas para oponerse al
poder militar del gobierno de Gómez. Además de las guerrillas
liberales, que operaban principalmente en los llanos orientales, en
varias regiones, se crearon diferentes tipos de bandas armadas
irregulares, tanto por parte de sectores a fines del gobierno como
parte de miembros del partido comunista, entre otros. El franciscano
de las políticas oficiales y la desconfianza que inspiraban algunas de
las actitudes personales de Gómez llevaron a que perdiera el apoyo de
buena parte de los miembros de su propio partido, y en 1953 la clase
política se apoya en el establecimiento militar para apropiar un golpe
de estado. El poder fue asumido por el general Gustavo Rojas Pinilla.
Rojas Pinilla busco un acercamiento con los líderes de la guerrilla
liberal garantizando una amnistía. La mayoría se acogió a los términos
de la misma y se desmovilizó, lo cual redujo efectivamente buena parte
de la violencia. Sin embargo, el asesinato de algunos de los líderes
contribuyo a crear desconfianza en varios de los grupos armados
quienes continuaron en la clandestinidad. Algunos de los grupos
formaron “repúblicas independientes” donde portaban armas
principalmente para la defensa y ocasionalmente realizaban asaltos,
retenciones y acciones armadas limitadas en las zonas cercanas.

EL FRENTE NACIONAL
Cuando la dirigencia política del país y los sectores opuestos al
régimen consideraron que el gobierno de Rojas Pinilla debía finalizar
y no prolongarse por otros cuatro años o más, se promovió un paro que
obligo al retiro del general Rojas Pinilla. El poder fue asumido por
una junta militar de transición mientras se pensaba en reanudar el
sistema político democrático tradicional de la república. Los líderes
de los partidos liberal y conservador finalmente acordaron que durante
un nuevo periodo de transición, que se extendería por los próximos
cuatro periodos (16 años), se alternarían en el poder. Este sistema se
denomino el frente nacional y fue concebido como una forma de
contribuir las diferencias entre los dos partidos y evitar que se
repitiera la violencia política bipartidista. El frente nacional logro
ese objetivo, pero con el tiempo también se hizo claro que se
obstaculizara en la práctica la posibilidad de participación de grupos
políticos diferentes a los dos partidos tradicionales, incluyendo a
sus disidencias internas.
REPÚBLICAS INDEPENDIENTES: durante el gobierno de Guillermo león
valencia (1962-1966), segundo presidente del frente nacional y ante la
preocupación por la existencia de algunas de las llamadas “repúblicas
independientes” al interior del país, el presidente ordeno al ejercito
someter tales repúblicas y restablecer allí la autoridad. Una de estas
repúblicas, situada en marquetalia, logro sobrevivir al cerco del
ejército y sus líderes, tanto de tendencia liberal como comunista,
entre los que se encontraban: Pedro Marín, alias Manuel Marulanda,
pudieron escapar junto con gran parte de sus tropas en total entre dos
y cuatro decenas de hombres. El hecho llamo la atención de algunos
dirigentes estudiantiles, quienes eventualmente se unieron al grupo de
Marulanda fundando las fuerzas armadas revolucionarias de Colombia
(farc), en asociación del partido comunista.
MOVIMIENTO ARMADO M 19
 Antecedentes
: Elecciones presidenciales de Colombia de 1970
El 13 de junio de 1953, el General Gustavo Rojas Pinilla propinó al
gobierno conservador de Laureano Gómez el único golpe de Estado que
tuvo éxito en el siglo XX en Colombia. Debido al notorio deterioro del
orden público este golpe era considerado como inminente por las clases
gobernantes del momento. Tras muchas vicisitudes, Rojas renunció al
poder el 10 de mayo de 1957 y se instauró una junta militar como
gobierno de transición. Los dos partidos políticos dominantes (liberal
y conservador) crearon una coalición llamada Frente Nacional con la
idea de terminar con la violencia bipartidista que azotaba al país. De
esta manera, también pretendían garantizar su alternancia en el poder
y el reparto de los cargos burocráticos por partes iguales.
Tras renunciar, Rojas viajó a República Dominicana y allí recibió
asilo político de parte del gobierno del dictador Rafael Leonidas
Trujillo. Regresó a Colombia en 1962 y fundó la ANAPO (Alianza
Nacional Popular), movimiento político con el cual se presentó a las
elecciones de ese año en las que obtuvo el cuarto lugar. En 1966 el
candidato de la ANAPO fue José Jaramillo Giraldo.
En 1970 Rojas se había transformado en un caudillo populista con gran
arraigo entre la población colombiana y se presentó a las elecciones
presidenciales del 19 de abril de 1970, enfrentándose al candidato del
Frente Nacional Misael Pastrana Borrero. Las elecciones resultaron
bastante reñidas y el resultado oficial fue de 1.625.025 votos por
Pastrana y 1.561.468 votos por Rojas. De esta manera la Corte
Electoral proclamó a Pastrana como presidente para el periodo
1970-1974, aunque las denuncias por fraude no se hicieron esperar ante
la interrupción del escrutinio total que se postergó hasta el día
siguiente el conteo final, cuando la victoria que para Gustavo Rojas
Pinilla parecía segura, pasó a ser de Misael Pastrana.
Rojas y sus partidarios siempre acusaron de fraudulentas estas
elecciones y muchos testimonios de personas prestantes dentro de la
política y las fuerzas armadas de la época parecen dar visos de verdad
a dicho reclamo[cita requerida
Historia
 Inicios
Como consecuencia del fraude electoral en 1970 contra el general
Gustavo Rojas Pinilla, en 1974 Jaime Bateman, Álvaro Fayad, Iván
Marino Ospina y Luis Otero Cifuentes, junto con Carlos Toledo Plata,
Israel Santamaría, Andrés Almarales, Ever Bustamante, José Cortés e
Ivan Jaramillo, quienes eran representantes del ala socialista de la
ANAPO la cual entró en discusiones por la actitud tomada por Samuel
Moreno Díaz al acercarse al Partido Conservador, conformaron el
Movimiento 19 de Abril.
Robo de la espada de Bolívar
El M-19 desde el comienzo realizó actividades bastante notables y
dignas de un despliegue noticioso, como el robo de la espada de Simón
Bolívar en la toma de la Quinta de Bolívar realizada el 17 de enero de
1974 proclamando "Bolívar, tu espada vuelve a la lucha" junto con su
consigna de combate "Con el pueblo, con las armas, al poder".[1]
 Secuestro de José Raquel Mercado
En febrero de 1976 secuestraron José Raquel Mercado, quien era el
presidente de la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC) y el
19 de abril de 1976 lo asesinaron. De este asesinato Jaime Bateman
dijo:
"La decisión de ajusticiarlo la sometimos al veredicto popular. La
gente escribió en las calles sí; escribió no; la CTC hizo una gran
campaña de carteles para que no lo fusiláramos; los sindicatos
discutieron el asunto; algunos miembros de la CSTC dijeron incluso,
públicamente, que a Mercado había que ajusticiarlo... Él estaba
entregado totalmente al imperialismo. En el interrogatorio que le
hicimos reconoció que trabajaba para los norteamericanos, que recibía
de ellos cuantiosos cheques. Nosotros editamos quinientos mil
ejemplares de un folleto en el que presentábamos las pruebas en su
contra."[2]
Jaime Bateman. Declaración sobre la muerte de José Raquel Mercado
M-19 durante la presidencia de Turbay
En 1980, el M-19 intentó secuestrar al narcotraficante y miembro del
Cartel de Medellín, Carlos Lehder, pero Lehder se escapó mientras lo
trasladaban en un carro.[3] Pocos meses después, los militares
informaron a uno de los jefes del Cartel de Medellín, Jorge Luis Ochoa
que habían interceptado grabaciones del M-19, en las que supuestamente
planeaban secuestrarlo. Ochoa pidió ayuda al capo del narcotráfico y
jefe del Cartel de Medellín, Pablo Escobar, quien ordenó capturar a
los comandantes del M-19. Los hombres de Escobar, lograron capturar a
tres de los más importantes comandantes del M-19 en Medellín;
Guillermo Elvencio Ruiz, Luis Gabriel Bernal y alias "Pablo Catatumbo".
[3]
Durante el gobierno de Julio César Turbay (1978-1982) realizaron
varios hechos notables. Uno de estos hechos fue el Asalto al Cantón
Norte. Desde una residencia aledaña, guerrilleros del M-19
construyeron un túnel de más de 80 metros de longitud bajo tierra que
atravesaba la calle y llegaron a la guarnición militar conocida como
Cantón Norte en Usaquén, una localidad al norte de Bogotá, el 31 de
diciembre de 1978. El grupo guerrillero sustrajo más de cinco mil
armas.
En otra acción, el 27 de febrero de 1980 un grupo de dieciseis
guerrilleros del M-19 al mando de Rosemberg Pabón Comandante Uno y de
Luis Otero Cifuentes autor intelectual , tomaron la Embajada de la
República Dominicana mientras se celebraba una recepción diplomática
con objeto de conmemorar la fiesta nacional de ese país. Entre los
rehenes había representantes diplomáticos de varios países, incluyendo
al embajador de Estados Unidos Diego Ascencio y el Nuncio Apostólico.
El M-19 pedía la liberación de cerca de 320 presos políticos. Despues
de 61 días de negociaciones con Carmenza Cardona "la chiqui" (ideóloga
del M-19) liberaron a los rehenes después de un prolongado proceso de
negociación. El comando guerrillero entregó a los diplomáticos
retenidos y viajó a Cuba. En el año 2000, Ciro Durán realizó una
película que muestra retrospectivamente apartes de esta toma
guerrillera.
Como consecuencia de la acción represiva contra sus células en las
ciudades, el M-19 limitó su carácter urbano y se replegó a las
montañas, pero este era un campo que no conocían y sufrieron varios
reveses.
 Secuestro de Marta Nieves Ochoa
En 1981 el M-19 secuestró a Marta Nieves Ochoa hermana de Jorge Luis,
Fabio y Juan David, (los hermanos Ochoa), quienes eran socios del
Cartel de Medellín lo que provocó la inmediata reacción de la mafia,
reuniendo un ejército privado al que se denominó MAS (Muerte a
Secuestradores), que a través de secuestros intimidatorios logró la
liberación de la plagiada y continuó a través de asesinatos
sistemáticos exterminando al M-19 de Antioquia y el Magdalena Medio,
pero posteriormente vinieron acuerdos de paz entre Iván Mariano Ospina
y Pablo Escobar.
El M-19 durante la presidencia de Betancur
Durante el gobierno de Belisario Betancur (1982-1986), Bateman, por
entonces dirigente máximo del M-19, propuso al gobierno celebrar una
reunión en Panamá con el propósito de adelantar diálogos que
permitieran solucionar el conflicto. Sin embargo, Bateman murió el 28
de abril de 1983, supuestamente en un accidente de aviación, y las
negociaciones se suspendieron.
Éstas se reanudaron y culminaron con la firma de los Acuerdos de
Corinto, Cauca, en los que se planteó un cese al fuego y la
continuación de los diálogos para la futura desmovilización del grupo
guerrillero. Sin embargo, sectores opuestos a los acuerdos, tanto en
el gobierno como en el ejército y en la guerrilla, sabotearon las
conversaciones.
En 1985, el M-19 protagonizó su acción más violenta, la toma del
Palacio de Justicia, hecho que aun hoy día continúa dividiendo a la
opinión pública colombiana. El día 
6 de noviembre de 1985, un comando
del M-19 compuesto por 35 guerrilleros al mando de los comandantes
Andrés Almarales y Luis Otero Cifuentes ocupó militarmente el Palacio
de Justicia, en plena Plaza de Bolívar, en el centro de Bogotá,
exigiendo que se citase al presidente a juicio. La subsecuente
reacción del ejército provocó que, con sus balas de cañón, incendiaran
el palacio, y en ella cayeron la mayoría de los miembros del comando
guerrillero y -según los cálculos oficiales- otras 53 personas
civiles, incluyendo a varios magistrados de la Corte Suprema de
Justicia, debido al fuego de los militares y del M-19. Algunos
sectores consideraron el hecho como una masacre.
El incidente continúa sin ser esclarecido totalmente, ya que de una y
otra parte se siguen lanzando acusaciones de tanto en tanto. Los
miembros del M-19 han afirmado en varias oportunidades que el ejército
deliberadamente sacrificó a muchas personas al abrir fuego, mientras
que la institución armada y otros sectores de la política colombiana
consideran que ante las declaraciones lanzadas por el M-19 durante la
toma, no era posible negociar una salida que no condujera a una
humillación estatal.
En años recientes se ha comprobado que civiles (empleados de la
cafetería y otros trabajadores) que habían salido con vida del
edificio fueron posteriormente desaparecidos, torturados y ejecutados
por miembros del ejército, hechos por las cuales algunos oficiales y
suboficiales han enfrentado juicios, entre ellos el coronel Plazas
Vega.[4]
También se ha argumentado que al menos un miembro del personal del
edificio, Andrés Almarales, supuestamente habría sido sacado vivo del
Palacio de Justicia por miembros de las Fuerzas Armadas y luego
reintroducido al mismo, donde fue presentado como muerto en combate
después de haber fallecido como consecuencia de recibir un disparo en
la cabeza a contacto.
En este tiempo, el M-19 conformó la Coordinadora Nacional Guerrillera
(CNG), en asociación con el Comando Ricardo Franco Frente-Sur y el
Movimiento Armado Quintín Lamé, en 1987 esta Coordinadora se
reestructuró, añadiéndose las FARC, el EPL y el ELN y se dio a conocer
como Coordinadora Guerrillera Simón Bolívar (CGSB). El propósito de
esta organización era presentar un frente unido en las negociaciones
de paz emprendidas con el gobierno y, además, realizar acciones
militares conjuntas.
Desmovilización


Bandera del AD M-19 en el Museo Nacional de Colombia.
En el proceso de negociaciones de paz durante el mandato del
presidente Virgilio Barco Vargas, el grupo guerrillero había hecho
énfasis insistentemente en que uno de los principales requisitos para
deponer las armas era la creación de una Asamblea Nacional
Constituyente para modificar la constitución la cual hasta entonces no
garantizaba la creación y desarrollo de otros partidos políticos
diferentes a los dos partidos tradicionales, ni daba espacio de
representación a las minorías. Ante la negativa del gobierno de hacer
una consulta popular que autorizara el cambio constitucional
incluyendo una opción en las papeletas para las votaciones generales
del 11 de marzo de 1990, los estudiantes, en particular los de las
universidades, decidieron hacer un movimiento a nivel nacional para
que la población incluyera una "Séptima Papeleta" ordenándole al
ejecutivo que conformara una Asamblea Nacional Constituyente.
El 8 de marzo de 1990 realizaron la entrega de armas en su campamento
de Santo Domingo liderados por su entonces comandante máximo Carlos
Pizarro León-Gómez y se desmovilizaron para convertirse en grupo
político que se conoció como Alianza Democrática M-19.
Alianza Democrática M-19
Para la contienda electoral de 1990 tenían como candidato a la
presidencia a Carlos Pizarro, pero éste fue asesinado el 26 de abril
de 1990 dentro de un avión en pleno vuelo, al parecer por sicarios a
órdenes del estado. En su remplazo se presentó Antonio Navarro Wolf
logrando el tercer lugar detrás de César Gaviria Trujillo y Álvaro
Gómez Hurtado con 739.320 votos y superando al candidato del partido
conservador Rodrigo Lloreda.
Durante el gobierno de César Gaviria (1990-1994) se presentaron a las
elecciones de la Asamblea Nacional Constituyente y obtuvieron 19
puestos logrando la votación más alta que grupo alguno tuviera para
dicho estamento, convocado con objeto de redactar la Constitución de
1991. Antonio Navarro fue elegido para ser co-presidente de la
Asamblea junto a Alvaro Gómez y Horacio Serpa.
Antonio Navarro fue ministro de Salud durante el gobierno de César
Gaviria y ha continuado siendo figura relevante de la política del
país, como alcalde de la ciudad de Pasto, Representante a la Cámara,
Senador, pre-candidato presidencial y Secretario general del Polo
Democrático Alternativo y Gobernador de Nariño.


RESPUESTA: E La guerra y el enfrentamiento en general vienen adheridos al ser humano y a la evolución de la sociedad en todas sus ramas. A medida que éstas van avanzando la guerra encuentra nuevos mecanismos para combatir y eliminar al enemigo. Es por esta razón que se creó el Derecho Internacional Humanitario, DIH; para velar por la integridad y el debido manejo de los derechos mínimos que tiene el ser humano: para humanizar la guerra.

Antes de la existencia del DIH, a mediados del siglo XIX, los conflictos se desarrollaban a través de acuerdos que tenían el propósito de proteger a las víctimas de la guerra, pero éstos se realizaron de forma parcial y ocasional, mientras duraba el conflicto.

Podemos observar que Colombia vivió muchos conflictos debido a la implementación del frente nacional y muchos más conflictos durante su historia, Colombia vivió demasiadas guerras civiles debido a las diferencias de pensamientos y debido a la rivalidad de los partidos como lo fue la guerra entre los liberales y conservadores y la llegada de algunos gobernantes produjo desacuerdos. En aquella época era muy notorio las muertes la violencia acecinaban gente la única forma de combatir era matar no se daba lo que era el dialogo y así perduro muchos años violando los derechos de personas como lo era el derecho a la vida, a tener una vida digna a tener un estudio, en esta época había en cierta forma muchos deseos de venganza produciendo así muertes violentas. Pero como no había una entidad o algo que pudiera respaldar o ayudar a mediar estas guerras se producían muchas injusticias y muertes innecesarias.
Hoy en día existen muchos conflictos debido a que se han conformado grupos al margen de la ley como lo son la guerrilla, los paramilitares entre otros los cuales son los causantes de muertes, masacres, atentados terroristas, los cuales violan los derechos de los ciudadanos y permiten que estos tengas una vida digna.
Actualmente existe EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO el cual es el encargado de velar por el bienestar de la sociedad o de las personas mientras un país está en guerra o posee conflictos.